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SAT emite ‘primera llamada’ para empezar a cobrar a Airbnb

Airbnb, Amazon y otras plataformas digitales han estado en el ojo del huracán del SAT en México debido a que el gobierno quiere cobrarle un impuesto a las operaciones de estas compañías y todo parece indicar que los impuestos contra Airbnb avanza viento en popa.

En la modificación al Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2019, la autoridad adicionó un criterio que establece que los ingresos obtenidos por servicios de hospedaje a través de plataformas tecnológicas están obligados al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Esto significaría que los anfitriones de alojamientos residenciales con fines turísticos como Airbnb y HomeAway tendrán que pagar ISR e IVA, pues no hacerlo será considerado por el SAT como una “práctica fiscal indebida”.

En el caso del ISR, el SAT argumenta que el servicio que ofrecen los anfitriones es de hospedaje, es decir, una actividad empresarial. Mientras sobre el IVA, deberán pagar el impuesto los contribuyentes que a través de una plataforma tecnológica otorguen hospedaje, ya que se debe tributar por otorgar un servicio, como es el arrendamiento de un bien.

“El problema del criterio es que dice que los ingresos por rentar un espacio son régimen de actividad empresarial debido a la actividad de hospedaje, lo que omite el SAT es que no todos los contratos de Airbnb son de hospedaje (con servicios como un hotel) muchos pueden ser de mero arrendamiento y en ese sentido se puede tributar en el régimen de arrendamiento que tiene la ventaja de gozar de una deducción ciega de 35%”, explicó Gustavo Leal, director ejecutivo de la consultoria Fiscalia.com. 

Estas declaraciones emitidas por Gustavo Leal responden a que el criterio utilizado por los anfitriones que ofrecen en una plataforma su casa, departamento o habitación solamente están rentando un espacio en su hogar, pero en SAT quiere catalogarlos como actividad empresarial cuando no están buscando hacer negocios lucrativos sino complementar los gastos del hogar.

El criterio que emitió el SAT por ahora no es vinculativo, es decir, se trata de una opinión de la autoridad que no está sujeta a obligación, pero es una “primera llamada”, por lo cual seguramente en 2020 podría comenzar a cobrarse este impuesto de ISR e IVA en las plataformas como Airbnb.

Estaremos siguiendo de cerca este tema, pues en México son cientos de personas que utilizan Airbnb como plataforma para encontrar un lugar donde descansar en sus viajes y ahorrar algo de dinero al dormir en cuartos compartidos.

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